Buenos Aires Económico
Por Horacio Meguira

“Éste es un fallo histórico, una bisagra”

12-11-2008 /  Éste es un fallo histórico porque apunta al lugar más vulnerable del sindicalismo, que es la representación en el lugar de trabajo.
Horacio Meguira
Horacio Meguira
Primero, establece que si el sindicato con personería gremial no convoca a elecciones, puede hacerlo el gremio simplemente inscripto. Esto le quita el monopolio a los gremios con personería.

Segundo, establece que el delegado gremial no necesariamente tiene que estar afiliado a un sindicato para ser delegado.

Esto implica que se le da un golpe al modelo sindical en la médula espinal, en lo que es el corazón del sistema. Éste es un modelo que establece que el sistema es sindical (sólo con afiliación) y es monopólico.

También es importante porque en los fundamentos recurre a  dos figuras: una es el Convenio 87 de la OIT, al que le otorga fundamento constitucional. Y dos, obliga a aplicarlo de acuerdo a como lo interpretan los organismos de control internacional.

Con ello se está diciendo que el sindicato con personería sólo tienen el derecho exclusivo de negociación colectiva y representación institucional, pero no otros derechos como el derecho a nómina, a tutela sindical, a la tutela del activista sindical, etcétera.

Estamos ante un fallo realmente importante, aunque la explicación oficial que hizo el ministro de Trabajo (Carlos Tomada) no puede soportar el más mínimo análisis. Dice que es un problema entre gremios, cuando lo que el fallo declara es la inconstitucionalidad de una norma. Estamos ante un fallo bisagra y lo que se haga a partir de ahora va a marcar una diferencia sustancial.

En el ámbito de la justicia laboral ya hay algunos fallos que están protegiendo al activista, porque los trabajadores van buscando la manera de tener la mejor representación posible, aun por fuera de los sindicatos.
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