Buenos Aires Económico
Por Héctor Recalde
“Reivindica la personería gremial”
12-11-2008 /
Estamos ante un fallo que es complejo. No es fácil hacer una
interpretación porque se refiere puntualmente a dos sindicatos que hoy
en día ya tienen personería gremial y que son del sector público.
Héctor Recalde
Pero este fallo tiene la característica de que cuando se producen los hechos (que originaron la demanda), ATE estaba excluida de la personería gremial en las Fuerzas Armadas, hasta que en 2003 pasó a tener personería en todo el sector público.
El fallo sostiene el sistema de personería gremial. Dice textualmente que no apunta a imponer el pluralismo sindical, que es la contracara de la personería gremial.
Puntualmente, a lo que se refiere el fallo es que para ser delegado no hace falta estar afiliado a un sindicato.
Este punto, en el ámbito del sector público no hace mucha mella, pero sí en el sector privado. En el sector público no se necesita una protección especial, pero en el privado el empleador no puede despedir a un trabajador si es delegado. ¿Qué va a pasar cuando se someta a algo similar en el sector privado? Imaginemos una fábrica con 20 o 30 comisiones internas. ¿A quién representa el sindicato, a qué comisión?
FUNDAMENTOS. Respeto mucho esta Corte Suprema por su independencia, pero lamento que haya citado entre sus fundamentos a un fallo de la corte liberal de la dictadura de Juan Carlos Onganía, que hizo una interpretación liberal de los derechos sindicales.
La fragmentación sindical es un inconveniente para la fortaleza del sistema. De todas maneras el fallo reivindica la personería gremial para el sindicato más representativo. Además, la decisión no es abarcativa.
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